El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha ampliado el plazo para solicitar las ayudas destinadas a las víctimas de los accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona) el 18 y el 20 de enero, respectivamente.
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(05/05/2026)
Para proporcionar a las víctimas y a sus familias un respaldo material inmediato que contribuyese a mitigar el impacto económico derivado del accidente se aprobó el Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero. Dicha norma estableció tanto ayudas económicas, no reembolsables, que se suman a las indemnizaciones a las que tienen derecho los afectados conforme a la normativa comunitaria y nacional en materia de derechos de los viajeros de ferrocarril y sobre asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares, como ayudas en concepto de anticipo de indemnización por responsabilidad civil.
La norma estableció que las ayudas se presentarían en el plazo de tres meses contados a partir de la publicación de la resolución del titular de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, con lo que este plazo finalizaba ayer, 4 de mayo.
Ampliación en un mes
Con la publicación de la nueva resolución, el plazo se amplía un mes, con lo que las personas que cumplan los requisitos podrán presentar su solicitud hasta el 4 de junio. Quienes ya la hayan presentado no tienen que hacer ningún trámite adicional.
Las solicitudes pueden seguir tramitándose de forma presencial o a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, donde está disponible toda la información, junto con una guía, los formularios para realizar la solicitud y un documento de preguntas y respuestas.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible trabaja para agilizar la concesión de estas ayudas. Además, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a través de las oficinas de atención a víctimas en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, ofrece a las víctimas apoyo e información sobre este proceso.
Supuestos cubiertos con la ampliación de plazo
De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la ampliación del plazo no puede perjudicar derechos de terceros. Por ello, el nuevo plazo de solicitud se aplica a los siguientes posibles beneficiarios:
- Personas que resultaran heridas como consecuencia de los accidentes.
- Personas que reúnan la condición de víctimas indirectas de las personas fallecidas en los accidentes siempre y cuando para la misma persona fallecida no se hubiera presentado en plazo alguna solicitud por parte de otro beneficiario.