Cookie Consent by FreePrivacyPolicy.com La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia propone mejorar las ayudas al transporte ferroviario de mercancías 

Operadores:  Noticia de actualidad


Ante los sobrecostes ocasionados por las obras de infraestructura 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha emitido un informe sobre el Proyecto de Orden por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por perturbaciones extraordinarias de tráfico en el transporte ferroviario de mercancías con una serie de propuestas de mejora.


La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia propone mejorar las ayudas al transporte ferroviario de mercancías 
 
 
 

(11/01/2023) Las ayudas compensarían a los operadores por los costes monetarios y materiales que les ocasionan las obras en la Red Ferroviaria de Interés General. Estos sobrecostes pueden favorecer la sustitución del ferrocarril por otros modos de transporte. 
En este sentido, la Comisión señala que la cuota modal del transporte de mercancías en España está entre las más reducidas de la Unión Europea y la iniciativa Mercancías 30 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana tiene como objetivo aumentarla hasta el 10 por ciento en 2030. 
El periodo de elegibilidad de la actividad objeto de las ayudas abarcará desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2026. (Ver noticia)

Recomendaciones

El informe recuerda que las ayudas públicas no deben desincentivar a los operadores ferroviarios ni Adif para desarrollar comportamientos eficientes, e insiste en que el sistema de ayudas apoye los esfuerzos de Adif para reducir las perturbaciones en el tráfico ferroviarios y mejorar la planificación de las incidencias comunicándolas de forma temprana a los operadores ferroviarios.
El informe sugiere ampliar el ámbito de aplicación de las ayudas, incluyendo nuevos supuestos como haber sufrido retrasos al realizar el itinerario. Además, la Comisión recomienda que, de forma excepcional, se pueda flexibilizar el requisito de recuperar los tráficos ferroviarios cancelados o suprimidos. 
Sin embargo, se aconseja eliminar la referencia a las obras por incidencias imprevisibles «que no estén previstas en la Declaración sobre la Red correspondiente», puesto que estas intervenciones han de ser también objeto de publicación en la Declaración sobre la Red en cuanto se conocen.
También propone modificar los requisitos de los beneficiarios de las ayudas, pues solamente contemplan a los operadores establecidos en la Unión Europea, sin tener en cuenta a otros operadores que se podrían ver igualmente afectados.
Asimismo, se aboga por agilizar los procesos y realizar ajustes en la documentación que debe presentarse y sus plazos, y recuerda que las operadoras podrán solicitar las ayudas incluso si ya han interpuesto una reclamación patrimonial. Además, propone incluir la cuantía máxima que se concede en cada convocatoria y prever mecanismos de actualización de los costes.
De igual modo, la Comisión recuerda la importancia de que, en caso de que no se haya realizado, se proceda a notificar la medida a la Comisión Europea como ayuda de Estado, para que esta valore su compatibilidad con el mercado interior.