El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el Real Decreto por el que se aprueba el nuevo Reglamento de Circulación Ferroviaria, que forma parte del paquete de medidas puestas en marcha por el Ministerio de Fomento para mejorar el sector ferroviario. (Ver presentación)
(20/07/2015) Su objeto principal es establecer reglas operativas de aplicación general para que la circulación de los trenes y la realización de las maniobras en la red ferroviaria de interés general del Estado se realicen de forma segura, eficiente y puntual.
El Reglamento se ha adaptado a la actual estructura del sistema ferroviario y al nuevo marco legal europeo, que tiende a facilitar la interoperabilidad ferroviaria entre los distintos estados miembros.
Asimismo, agrupa y sintetiza en un documento único la normativa vigente en las tres redes ferroviarias estatales –convencional, de alta velocidad y de ancho métrico-, unificando los criterios de operación y reduciendo el número de normas, apostando por la modernización de las instalaciones ferroviarias y la incorporación de nuevas tecnologías.
Estructura
El Reglamento se estructura en cinco libros. El primero contiene los principios generales, el segundo se refiere a las señales ferroviarias, el tercero es relativo a las reglas de circulación, el cuarto, a las diferentes tipologías de bloqueo de trenes y el quinto, y último, a diferentes tipologías de instalaciones de seguridad. Además, incluye anexos a cada libro con condiciones técnicas de diferentes sistemas de señalización y seguridad.
Adicionalmente, el Real Decreto incluye criterios para la elaboración de los sistemas de gestión de seguridad de los administradores de infraestructura y las empresas ferroviarias, que facilitarán la adaptación de dichos sistemas al nuevo Reglamento.
Elaboración
Durante la elaboración del nuevo Reglamento de Circulación Ferroviaria se ha tenido en cuenta la opinión del sector ferroviario y se han realizado las tramitaciones preceptivas, que incluye el dictamen del Consejo de Estado, así como la conformidad de la Comisión Europea.
Dada la complejidad de la adaptación de todo el sistema ferroviario a las nuevas condiciones de funcionamiento, se han establecido los plazos transitorios necesarios para que, por ejemplo, se dé la formación precisa al personal o se adapten los trenes y las líneas ferroviarias a los nuevos criterios de señalización.
En este contexto, las empresas ferroviarias y los administradores de la red presentarán en un plazo de un mes a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria un programa detallado de cómo van a implantar en sus organizaciones el nuevo Reglamento.