La ministra de Fomento, Ana Pastor presentó el pasado viernes el paquete de nuevas medidas aprobadas por el Consejo de Ministros, destinadas a la mejora de la competitividad, la eficiencia y la seguridad, que afectan a diversos sectores de la economía y modos de transporte y que están recogidas en el Real Decreto-Ley 8/2014 de 4 de julio.
(07/07/2014) Entre las medidas que afectan al ferrocarril destaca la habilitación a la Agencia de Seguridad Ferroviaria, cuya creación fue aprobada el pasado mes de enero, para emitir recomendaciones técnicas de seguridad para garantizar la circulación de trenes de forma segura y eficiente, dentro del ámbito del Reglamento de Circulación Ferroviaria, según recoge la disposición adicional undécima del citado Real Decreto-Ley.
También afectan al sector ferroviario algunas de las medidas adoptadas para incrementar la inversión privada en infraestructuras portuarias, con el fin de acelerar las obras de accesos terrestres portuarios, y mejorar la competitividad en el transporte de mercancías en los puertos.
Fondo finaciero
Entre ellas, destaca la aprobación de la creación de un Fondo Financiero de accesibilidad terrestre portuaria, que tiene como objetivo la financiación de la construcción de las infraestructuras viarias y ferroviarias para dotar de adecuada accesibilidad a los puertos desde el límite vigente de su zona servicio hasta el punto de conexión con las redes generales de transporte abiertas al uso común.
Dicho fondo, que se nutrirá de aportaciones que realicen Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, tendrá naturaleza de préstamo y su regulación y funcionamiento quedará recogido en su posterior desarrollo reglamentario.
Asimismo, se ha ampliado el plazo máximo de las concesiones portuarias de 35 a cincuenta años y se incluye un nuevo supuesto de prórroga extraordinaria si se contribuye a la financiación de accesos terrestres a los puertos o a la mejora de las redes generales de transporte de mercancías.
Según recoge el Real Decreto-Ley, el plazo inicial de las concesiones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de éste también podrá ser ampliado hasta los cincuenta años, siempre que el concesionario se comprometa a una inversión adicional, a contribuir a la financiación de las infraestructuras terrestres de conexión a los puertos y/o a una reducción de las tarifas máximas.