Ampliación de los servicios de proximidad tras tres años de experiencia piloto

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Tras analizar su eficiencia, los cinco itinerarios se mantendrán hasta la finalización del contrato entre la AGE y Renfe

El Gobierno ha dado luz verde a la continuidad de los servicios ferroviarios de proximidad entre Palma del Río y Villa del Río (Córdoba), Madrid-Fuenlabrada-Illescas, Málaga-El Chorro-Caminito del Rey, Murcia-Cartagena y Medina del Campo-Valladolid-Palencia, puestos en marcha desde 2023. Así, la prestación de estos servicios tendrá lugar hasta la finalización del Contrato Administración General del Estado (AGE)-Renfe, incluida su posible prórroga.


(30/06/2026)  

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, aprobó ayer el acuerdo de ampliación del plazo de prestación de los servicios ferroviarios de proximidad, en el marco de las Obligaciones de Servicio Público (OSP) en el transporte ferroviario de viajeros.

En concreto, se amplía el plazo de prestación de los servicios físicos y sinergiados en los trayectos, Palma del Río–Villa del Río, Madrid–Fuenlabrada–Illescas, Murcia–Cartagena y Medina del Campo–Valladolid–Palencia, mientras que en el trayecto Málaga–El Chorro–Caminito del Rey afecta solo a los servicios sinergiados.

El servicio ferroviario físico es el que realiza un recorrido específico dentro de una OSP, con plazas destinadas íntegramente a ese servicio y sin compartir su oferta ni explotación con otros servicios comerciales. Por su parte, el servicio sinergiado es aquel que cumple una OSP integrado en otro servicio ya existente, compartiendo trayecto y material rodante, pero reservando un número de plazas para la OSP, que se ofrecen en las mismas condiciones tarifarias que en un servicio dedicado exclusivamente a su prestación.

En marcha desde 2023

Estos servicios de proximidad que ahora se amplían han sido prestados sin interrupción desde su puesta en servicio en 2023. En el plazo máximo de cuatro años desde la aprobación de este acuerdo, estos servicios serán revisados, en lo que se refiere a la calificación como obligación de servicio público (OSP).

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, declaró en su Disposición adicional 109ª nuevas obligaciones de servicio público, denominando servicios ferroviarios de proximidad a aquellos con frecuencias intermedias entre los servicios de cercanías y los servicios de media distancia, cuya funcionalidad es dar respuesta a las necesidades de movilidad cotidiana en las zonas en las que esta exista.

Durante un plazo de tres años, estos servicios se han prestado como una experiencia piloto, ampliable a toda la vigencia del contrato AGE-Renfe, previo acuerdo del Consejo de Ministros, siempre que se cumplan unos determinados niveles de utilización.

Análisis de los servicios

Para determinar el nivel de utilización y, en consecuencia, el de eficiencia, de los servicios ferroviarios de proximidad, se han considerado los tres umbrales adoptados en la declaración de OSP para las relaciones de Media Distancia Convencional:

- Umbral de aprovechamiento: viajeros-km / plazas-km.

- Umbral de cobertura económica: ingresos totales / costes totales.

- Umbral de recurrencia: porcentaje de viajeros que ha utilizado el título multiviaje sobre el número total de viajeros (se considera recurrente a un viajero que realiza al menos dieciséis viajes en un periodo de cuatro meses).

Asimismo, se han definido cuatro niveles de eficiencia para los servicios de proximidad, priorizando los indicadores que responden a criterios sociales, aprovechamiento y recurrencia, con el fin de clasificar las distintas relaciones como eficientes o ineficientes. En segundo lugar, se ha introducido el indicador que responde a criterios económicos para distinguir las relaciones de muy baja eficiencia o ineficientes.

Tras la evaluación de los servicios ferroviarios de proximidad actualmente declarados como OSP, se ha concluido que cuatro de los cinco servicios físicos de las relaciones examinadas se consideran eficientes -Palma del Río–Villa del Río, Madrid–Fuenlabrada–Illescas, Murcia–Cartagena y Medina del Campo–Valladolid–Palencia-, mientras que el quinto - Málaga–El Chorro–Caminito del Rey- se considera de muy baja eficiencia. Los servicios sinergiados de todas las relaciones examinadas se consideran eficientes.