El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible abrió ayer el plazo para solicitar las ayudas destinadas a las víctimas de los accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), en el marco de lo previsto en el Real Decreto‑ley 1/2026, de 27 de enero, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros.
![]() |
||
(04/02/2026)
Estas ayudas buscan ofrecer un respaldo económico inmediato a las personas damnificadas y a sus familias, aliviar la incertidumbre económica provocada por los accidentes y garantizar una tramitación rápida y accesible por parte de la Administración.
El plazo comenzó ayer y la tramitación se puede realizar en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible o presencialmente, tras la publicación en la sede electrónica del ministerio de la Resolución del Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible que articula el procedimiento y tendrá una duración de tres meses (hasta el 4 de mayo). No obstante, dentro del plazo anterior, los interesados podrán solicitar una ampliación hasta la mitad del plazo inicial establecido de forma motivada, de acuerdo con los límites previstos en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Beneficiarios y supuestos cubiertos
Las ayudas están dirigidas a las personas que viajaban en los trenes accidentados y el personal ferroviario que se encontraba a bordo (maquinistas, personal de a bordo o en formación) y que resultaron heridos, así como a los familiares de las personas fallecidas, de acuerdo con el orden y los criterios establecidos en la normativa aplicable.
El procedimiento contempla una ayuda directa y no reembolsable en los supuestos de lesiones y fallecimiento, así como un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.
Estas ayudas son compatibles con el Seguro Obligatorio de Viajeros, con las futuras indemnizaciones por responsabilidad civil y con otras ayudas o seguros públicos o privados que pudieran corresponder.
Tramitación simplificada
Las solicitudes podrán presentarse por vía telemática, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica del Ministerio o presencialmente, utilizando asimismo los formularios habilitados para ello.
Se deberá presentar una solicitud por cada persona beneficiaria que tenga derecho a la ayuda. No obstante, cuando una misma persona pueda ser beneficiaria por varias causas, podrá formular una única solicitud en la que se incluyan todas ellas, sin perjuicio de que cada ayuda se conceda de manera independiente.
La solicitud podrá ser presentada por la persona beneficiaria o un representante autorizado, así como por la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. En caso de haber fallecido estos en el accidente, podrá presentarla quien ejerza dichas funciones de forma temporal, ya sea persona física o institución.
Además, siempre que las personas solicitantes lo autoricen, la Administración recabará de oficio la información y documentación necesarias, para evitar en la medida de lo posible que los beneficiarios tengan que aportar documentos que ya obren en poder de otras administraciones o entidades, garantizando la normativa de protección de datos personales.
Para facilitar el acceso a las ayudas y acompañar a las personas afectadas, y en colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, se han puesto en marcha oficinas de atención integral a las víctimas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de las comunidades autónomas con personas afectadas por los accidentes. Estas oficinas prestarán apoyo directo en la tramitación y resolverán dudas durante todo el proceso, con especial atención en las provincias de Huelva y Barcelona, donde además se han habilitado números de teléfono para la realización de consultas.
La oficina de Huelva está ubicada en la calle Berdigón 11-13 y la de Barcelona, en la calle Bergara 12, planta baja.
Toda la información relativa al procedimiento y a las ayudas, incluida una guía para su aplicación y las preguntas frecuentes, así como los formularios de solicitud, puede consultarse en la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y en las oficinas de atención integral habilitadas para las víctimas.
Real Decreto-ley 1/2026
El pasado día 24 de enero, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 1/2026, con el que se articularon ayudas por valor de 20 millones de euros para los afectados de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona).
Este Real Decreto Ley tiene como objetivo establecer ayudas inmediatas a las víctimas y adelantar parte de las indemnizaciones por responsabilidad civil, que se sumarán a los mecanismos ya existentes en el actual ordenamiento jurídico, que reconoce el derecho de las víctimas de accidentes ferroviarios y sus familiares a una asistencia integral.
En los casos de fallecimiento, se podrá obtener una ayuda directa de algo más de 72.000 euros por cada persona y la misma cifra en concepto de anticipo por responsabilidad civil.
En los supuestos de lesiones, las ayudas se estructuran por niveles de gravedad, con importes que van desde algo más de 2.400 euros en los casos de menor entidad hasta más de 84.000 euros en las lesiones de máxima gravedad. Las cifras son las mismas para el anticipo por responsabilidad civil.
Además, el Gobierno va a iniciar los trámites para que en un futuro este tipo de medidas se incorporen con carácter permanente al ordenamiento jurídico, articulando así un mecanismo estructural de intervención pública, para que el Estado asuma con carácter anticipado el abono de un porcentaje de las indemnizaciones correspondientes a los daños personales derivados de los accidentes de transporte colectivo, sin perjuicio de la posterior determinación de la responsabilidad civil de las personas físicas o jurídicas responsables de dicho accidente.