Cookie Consent by FreePrivacyPolicy.com Mañana se votará en el Parlamento Europeo la aprobación del pilar de mercado del Cuarto Paquete Ferroviario

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Según está previsto en el proyecto de orden del día para la sesión plenaria del 14 de diciembre

Mañana miércoles, 14 de diciembre, se votará en el pleno del Parlamento en Estrasburgo la aprobación del pilar de mercado de la reforma ferroviaria europea que se recoge en el Cuarto Paquete Ferroviario, según se refleja en el proyecto de orden del día de la sesión plenaria prevista para la jornada de mañana. Dicha votación se produce tras el respaldo de la Comisión de Transporte y Turismo al proyecto de reforma de los servicios ferroviarios nacionales en la sesión del pasado 5 de diciembre.


Mañana se votará en el Parlamento Europeo la aprobación del pilar de mercado del Cuarto Paquete Ferroviario
 
 
 

(13/12/2016) La votación en sesión plenaria del pilar del mercado del Cuarto Paquete Ferroviario supone la aprobación de un conjunto de medidas políticas para mejorar la competitividad del ferrocarril europeo y la calidad de sus servicios. Estas se suman a las recogidas en el denominado pilar técnico, ya aprobado, que hacen referencia a aspectos destinados a unificar los estándares y procedimientos ferroviarios de cada país y cubren ámbitos como la interoperabilidad, la seguridad o el papel de la Agencia Europea Ferroviaria, (ERA) como entidad responsable de la emisión de autorizaciones para material rodante y certificados de seguridad para operadores.

El 14 de diciembre los aspectos que se someterán a votación en el pleno del Parlamento Europeo serán la normalización de las cuentas de las empresas de ferrocarriles, los servicios nacionales de transporte de pasajeros por ferrocarril y el espacio ferroviario único europeo.

Las nuevas reglas relativas a los mercados y al gobierno que, como se ha dicho, requieren la aprobación del pleno del Parlamento el miércoles, tienen por objeto mejorar la igualdad de condiciones entre los operadores, incluyendo operaciones nacionales, y la rentabilidad de los servicios ferroviarios. Las nuevas normas combinan la concesión de acceso a los operadores ferroviarios para el uso de la infraestructura y las estaciones en los mercados ferroviarios nacionales de la UE y la licitación, por regla general, para los contratos de servicio público.

Se prevé que el establecimiento de un acceso más fácil al mercado de los operadores ferroviarios supondrá un incentivo para ofrecer nuevos servicios de viajeros en los mercados internos de los países de la UE, así como un impulso al comercio y la inversión. Asimismo, se estima que la medida impulsará también mejoras en la calidad del servicio y la innovación en el sector.

Licitación de los contratos de servicio público

Entre las nuevas medidas, el pilar de mercado recoge que la normativa actual para la adjudicación directa de los contratos de servicio público a un operador ferroviario específico se modificará. Se dejará una moratoria de siete años después de la adopción y publicación de las nuevas normas para preservar los contratos vigentes, tras la cual se establecerá la competencia como norma general, si bien se pondrán en marcha incentivos para pasar a un sistema de licitación competitivo incluso antes de esta fecha, como la reducción de la duración de los contratos adjudicados directamente.

Sin embargo, la concesión directa seguirá siendo posible, bajo condiciones nuevas y más estrictas. Por ejemplo, si la adjudicación directa de un contrato se justifica porque ofrezca una mejor calidad de servicio o una mayor rentabilidad, se incluirían en el contrato los requisitos de rendimiento, tales como la puntualidad y la frecuencia de los servicios, la calidad del material rodante y la capacidad de transporte.

La adjudicación directa se concederá para contratos de servicio público por debajo de un determinado valor o nivel de demanda.

Los Estados miembros también podrían limitar el derecho de acceso de un nuevo operador si un nuevo servicio comprometiera el equilibrio económico de un contrato de servicio público existente.

Los operadores de servicios públicos también tendrían que cumplir las obligaciones aplicables en el ámbito de la legislación social y laboral establecidas por el Derecho de la UE, la legislación nacional o los convenios colectivos.

Otros aspectos del Cuarto Paquete

La nueva normativa pretende garantizar el acceso abierto a la infraestructura ferroviaria europea de todos los ferrocarriles de los países miembros, así como la protección de la calidad de los servicios. El 14 de diciembre de 2020 se ha establecido como la fecha a partir de la cual las empresas ferroviarias podrán ofrecer nuevos servicios comerciales en líneas nacionales.

Para garantizar la continuidad de los servicios de viajeros bajo un contrato de servicio público, el regulador realizará un análisis económico objetivo para determinar en qué casos el acceso abierto puede ser limitado.

En el caso de los servicios de viajeros de alta velocidad, su acceso a la infraestructura ferroviaria se regirá por normas especiales, con vistas a un desarrollo del mercado específico de dicho servicios.

Se requerirán mayores garantías y una evaluación profunda de los conflictos de intereses para asegurar que los administradores de infraestructuras funcionen imparcialmente, de modo que todos los operadores tengan las mismas oportunidades de acceso a las vías y estaciones.